Scola Abogados comparte con ustedes un artículo sobre Calendario de reportes ante la SuperSociedades 2021.
El 10 de diciembre de 2020, la Superintendencia de Sociedades emitió Circular Externa No. 2020-01-630766, por medio de la cual estableció los plazos en los que, las sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales, denominadas en conjunto: “Entidades empresariales”, deberán presentar información sobre la situación jurídica, financiera y administrativa a corte 31 de diciembre de 2020.
Por mandato del artículo 289 del Código de Comercio, todas las sociedades están obligadas a reportar los estados financieros de fin de ejercicio, sin necesidad de orden expresa de carácter particular emitida por esta Superintendencia. Sin embargo, ocasionalmente, las sociedades podrán recibir mediante acto administrativo de carácter particular solicitud para rendir informes, la cual será comunicada a la dirección o correo electrónico inscrito en el registro mercantil.
Ahora, frente a las sociedades que tengan más de un cierre contable en el año, es importante aclarar que estas deberán diligenciar la información correspondiente a cada corte en forma independiente y presentarla en un único momento dentro de las fechas señaladas, previa solicitud de autorización de envío, efectuada al correo electrónico efinancieros@supersociedades.gov.co
A continuación, señalaremos el calendario de plazos para el año 2021, para el envío de estados financieros junto con sus documentos adicionales con corte a 31 de diciembre de 2020.
Al respecto, es importante tener en cuenta los siguientes aspectos: los estados financieros de fin de ejercicio se deben diligenciar en miles de pesos, las fechas establecidas como plazo para la presentación de información son improrrogables y, los informes se deberán presentar de acuerdo con los 2 últimos dígitos del NIT de la sociedad, sin incluir el de verificación (DV).
Plazos para el envío de los estados financieros a 31 de diciembre de 2020 y documentos adicionales:
Últimos dos (2) dígitos del NIT | Plazo máximo para el envío de información en el año 2021 | Últimos dos (2) dígitos del NIT | Plazo máximo para el envío de información en el año 2021 |
01 – 05 | Lunes 12 de abril | 51 – 55 | Lunes 26 de abril |
06 -10 | Martes 13 de abril | 56 – 60 | Martes 27 de abril |
11 – 15 | Miércoles 14 de abril | 61 – 65 | Miércoles 28 de abril |
16 – 20 | Jueves 15 de abril | 66 – 70 | Jueves 29 de abril |
21 – 25 | Viernes 16 de abril | 71 – 75 | Viernes 30 de abril |
26 – 30 | Lunes 19 de abril | 76 – 80 | Lunes 03 de mayo |
31 – 35 | Martes 20 de abril | 81 – 85 | Martes 04 de mayo |
36 – 40 | Miércoles 21 de abril | 86 – 90 | Miércoles 05 de mayo |
41 – 45 | Jueves 22 de abril | 91 – 95 | Jueves 06 de mayo |
46 – 50 | Viernes 23 de abril | 96 – 00 | Viernes 07 de mayo |
Por otro lado, para del envío del Informe 42 de Prácticas Empresariales con corte al 31 de diciembre de 2020, las Entidades Empresariales que tengan más de un cierre contable deberán presentar un único informe, el cual no requiere el envío de documentos adicionales.
La regla general es que todas las Entidades Empresariales en vigilancia o control, deben enviar el Informe 42 de prácticas empresariales correspondiente al año 2020. Para esta información, los plazos son los siguientes:
Últimos dos (2) dígitos del NIT | Plazo máximo para el envío de información en el año 2021 | Últimos dos (2) dígitos del NIT | Plazo máximo para el envío de información en el año 2021 |
01 – 10 | Martes 18 de mayo | 51 – 60 | Martes 25 de mayo |
11- 20 | Miércoles 19 de mayo | 61 – 70 | Miércoles 26 de mayo |
21 – 30 | Jueves 20 de mayo | 71 – 80 | Jueves 27 de mayo |
31 – 40 | Viernes 21 de mayo | 81 – 90 | Viernes 28 de mayo |
41 – 50 | Lunes 24 de mayo | 91 – 00 | Lunes 31 de mayo |
Para los informes de Programas De Transparencia Y Ética Empresarial (PTEE) o informe 52, al que están obligadas las Entidades Empresariales que cumplan con los criterios para ser considerados sujetos obligados a adoptar un Programa de Transparencia y Ética Empresarial, los plazos son los siguientes:
Últimos dos (2) dígitos del NIT | Plazo máximo para el envío de información en el año 2021 |
01 – 20 | Viernes 4 de junio |
21- 40 | Martes 8 de junio |
41 – 60 | Miércoles 9 de junio |
61 – 80 | Jueves 10 de junio |
81 – 00 | Viernes 11 de junio |
El informe 50, de prevención del riesgo LA/FT, al igual que el anterior, se asume que debe ser diligenciado con todo el compromiso, responsabilidad y transparencia por parte de las Entidades Empresariales obligadas, las cuales son, aquellas Entidades empresariales que hubieren obtenido ingresos totales o tenido activos iguales o superiores a 40.000 SMLMV, esto es: $36.341.040.000 con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, deberán implementar el SAGRILAFT a más tardar al 31 de mayo del año siguiente. Los plazos para este reporte son:
Últimos dos (2) dígitos del NIT | Plazo máximo para el envío de información en el año 2021 |
01 – 20 | Lunes 21 de junio |
21- 40 | Martes 22 de junio |
41 – 60 | Miércoles 23 de junio |
61 – 80 | Jueves 24 de junio |
81 – 00 | Viernes 25 de junio |
Estos últimos informes (el 50 y 52) se deben diligenciar en el aplicativo STORM, el cual podrán descargar ingresando al portal web www.supersociedades.gov.co sección “presentación informes empresariales” botón STORM, el cual estará disponible a partir del 1 de marzo de 2021, en donde se encontrarán los manuales de diligenciamiento para su adecuado reporte.
En conclusión, la responsabilidad del diligenciamiento, el contenido y la fidelidad de estos informes recae sobre los administradores de las Entidades Empresariales obligadas. Para efecto, y con el ánimo acompañar el ejercicio de reportes adecuado, la Superintendencia de Sociedades expidió la “Guía Práctica de Transmisión y Reexpresión de Estados Financieros”, la cual orienta la forma precisa de transmisión y reexpresión de los estados financieros, la cual puede ser consultada en el portal empresarial www.supersociedades.gov.co en la sección presentación Informes Empresariales, botón SIRFIN.
Autor: María Camila Pereira E.
Contacto: mpereira@scolalegal.com , info@scolalegal.com
Fecha de publicación: febrero 15 del 2021.