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MINISTERIO DEL TRABAJO PUBLICA PROYECTO DE DECRETO PARA REGLAMENTAR LA REFORMA PENSIONAL

El pasado 16 de julio de 2024, fue sancionada la Ley 2381 de 2024 por medio de la cual se estableció el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común, también conocida como la “reforma pensional”. Sin embargo, con el fin de reglamentar el funcionamiento de algunos artículos, específicamente la selección de la administradora del componente complementario de ahorro individual, el régimen de transición y la oportunidad de traslado, el Ministerio del Trabajo publicó un proyecto de decreto.

Al respecto, fueron formuladas las siguientes medidas:

  • Metodología para el cómputo de tiempo: Con el fin de contabilizar el tiempo requerido para acceder a la oportunidad de traslado y/o al régimen de transición, se entenderá que la semana es de 7 días, los meses de 30 días y los años de 360 días. Aspecto que resulta relevante, si se tiene en cuenta la reciente postura de la Corte Suprema de Justicia en sentencia SL – 138 de 2024, la cual sostiene que para efectos de calcular el número de semanas aportadas al Sistema General de Pensiones deben tenerse en cuenta los 365 días del año.
  • Cumplimiento de requisitos para el régimen de transición: La fecha máxima para el cumplimiento de los requisitos del régimen de transición (contar con 750 semanas para el caso de las mujeres y 900 semanas cotizadas como mínimo para el caso de los hombres) será el 30 de junio de 2025.
  • Oportunidad de traslado: Para ejercer la oportunidad de traslado, los afiliados deberán acreditar hasta el 30 de junio de 2025, los siguientes requisitos:
    – 750 semanas para el caso de las mujeres y 900 semanas cotizadas como mínimo para el caso de los hombres.
    – Tener menos de 10 años para tener la edad de pensión.
    – No tener reconocida una pensión o no haber recibido devolución de saldos o indemnización sustitutiva.
    – Haber recibido la doble asesoría.

    Dicho mecanismo podrá ejercerse desde el 26 de julio de 2024 hasta el 25 de julio de 2026.

  • Elección de la Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCI): Quienes se encuentren afiliados a Colpensiones a la fecha de promulgación de la Ley 2381 de 2024, no tengan expectativa de estar cobijados por el Régimen de Transición y coticen por encima de 2.3 SMLMV, deberán seleccionar una administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual dentro de los 6 meses contados desde la promulgación de la ley.
  • En caso de no seleccionarse la administradora correspondiente dentro del plazo establecido, será seleccionada aleatoriamente por el sistema de reparto definido en el artículo 7 del decreto, por parte de la Unidad de Pensiones y Parafiscales (UGPP). Dicho mecanismo de asignación será ejecutado a partir del 1 de marzo de 2025.

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    Autor: Mónica Andrea Rivera García
    Contacto: mrivera@scolalegal.com , info@scolalegal.com
    Fecha de publicación: 26 de agosto 2024.

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