¡Prepárate! Se acerca la entrega de dotación

Entrega Dotación 2026

La dotación es una prestación social que busca proporcionar un (1) par de zapatos y un (1) vestido de labor a aquellos trabajadores que devenguen hasta dos (2) SMLMV. Estos elementos deberán ser entregados cada cuatro meses, es decir, tres (3) veces al año, en las fechas estipuladas por la ley: 30 de abril, 31 de agosto y 20 de diciembre, tal como se establece en la normativa vigente.

De la norma que regula la dotación se puede concluir que esta está atada a dos elementos: el primero es el periodo de causación y el segundo, la fecha de exigibilidad. El periodo de causación radica en que el colaborador haya cumplido al menos tres (3) meses de servicio, y la fecha de exigibilidad es el día exacto en que el trabajador puede reclamar la dotación (30 de abril, 31 de agosto y 20 de diciembre).

De manera que, para que el trabajador tenga derecho a la dotación, será necesario que concurran ambos elementos. Lo anterior se desprende de la literalidad del segundo inciso del artículo 230 del Código Sustantivo del Trabajo, que estipula lo siguiente:

“Las fechas señaladas en este artículo son de carácter legal y, como tal, deben cumplirse por parte del empleador, siempre y cuando el trabajador hubiese cumplido con la prestación personal del servicio, de acuerdo con el término mínimo señalado por la ley.”

Por lo tanto, no basta con que el trabajador haya causado tres meses de servicio, pues, para hacer exigible la dotación, será necesario que esos tres meses coincidan con las fechas de exigibilidad, y viceversa.

¿La dotación se puede entregar en dinero?

El artículo 234 del Código Sustantivo del Trabajo expresamente indica:

“Queda prohibido a los empleadores pagar en dinero las prestaciones establecidas en este capítulo.”

No obstante, entendemos las dificultades administrativas o los costos que puede conllevar la entrega de dotación física. De cara a esto, consideramos viable que la entrega de la dotación se realice mediante un bono de destinación específica para vestimenta.

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Autor: María Camila Silva
Contacto: msilva@scolalegal.com , info@scolalegal.com
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