- ¿En qué consiste el beneficio? A las personas que se le hubiese notificado el requerimiento de declarar y/o corregir, pliegos de cargos, liquidación oficial, resolución sanción o fallo de recurso de consideración y hubiesen sido sancionados por la entidad, recibirá una reducción de la sanción por un 20%.
- ¿Qué requisitos debe cumplir para acceder al beneficio de reducción de sanción si su expediente o trámite es anterior a la entrada en vigor de la Ley 2277 de 2022?,
- los requisitos que debe cumplir son los siguientes:
a. Haber sido notificado al 13 de diciembre de 2022 del acto administrativo que está generando la sanción (i) requerimiento para declarar y/o corregir (ii) pliego de cargos (iii) liquidación oficial (iv) resolución sanción (v) fallo que resuelve el recurso de reconsideración.
b. Presentar solicitud de acogimiento al beneficio de reducción de sanción a más tardar el 30 de junio de 2023 ante la Dirección de Parafiscales de la UGPP.
c. Acreditar el pago del 100 % de los aportes al Sistema de Protección Social Incluidos los Intereses de mora y el 20% de la sanción actualizada a más tardar el 30 de junio de 2023.
d. Para las personas que omitieron y/o vinculación al Sistema General de Seguridad Social en pensiones deberán acreditar el pago del cálculo actuarial actualizado.
e. En los procesos de determinación en los que la UGPP hubiese negado los beneficios tributarios de las Leyes 1819 de 2016, 1943 de 2018, 2010 de 2019 y 2155 de 2021, se podrá solicitar la reducción de la sanción siempre y cuando se realice el pago de los aportes e intereses de mora (a través de la planilla tipo O) dejados de pagar con ocasión de la negativa de los beneficios.
f. Si se presentó la demanda de nulidad y restablecimiento de derecho en contra de la liquidación oficial, resolución sancionatoria o resolución que resuelve el recurso de reconsideración, podrá acogerse al beneficio siempre y cuando la demanda no hubiese sido admitida./p>
- ¿Qué acto administrativo será el beneficiario de la reducción de la sanción? La reducción sancionatoria se aplicará sobre el último notificado en el proceso.
- ¿Qué requisitos debe cumplir para acceder al beneficio de reducción de sanción si su expediente o trámite es posterior a la entrada en vigor de la Ley 2277 de 2022?
Deberá cumplir los requisitos del literal B al f mencionados en el anterior punto, dependiendo de su situación en concreto. Sin embargo, la UGPP hace especial énfasis en aquellos procesos que se encuentran suspendidos por las presentaciones de demanda de nulidad y restablecimiento de derecho en contra de los actos administrativos que motivan la sanción. En ese orden de ideas, no podrán acceder a los beneficios, salvo que durante el periodo de beneficio exista sentencia de primera instancia, el demandante desista de las pretensiones y el Juez hubiese aprobado la solicitud a más tardar
- ¿El depósito judicial constituido antes del 13 de diciembre de 2022 podrá ser utilizado para pagar la sanción reducida? La UGPP ha dispuesto que las personas naturales o jurídicas que tengan un depósito judicial constituido antes de la entrada en vigor de la Ley 2277 de 2022 no podrán utilizarlos para pagar la sanción reducida.
- ¿El depósito judicial constituido antes del 13 de diciembre de 2022 podrá ser utilizado para pagar la sanción reducida? Podrán ser utilizados únicamente para pagar aportes adeudados al Sistema de Protección Social e intereses moratorios, siempre y cuando autorice su aplicación antes del 31 de marzo de 2023.
En caso de tener alguna duda o usted desee que estudiemos su situación en concreto, estamos a su disposición.
Autor: Juan Sebastián López Jiménez.
Contacto: slopez@scolalegal.com , info@scolalegal.com
Fecha de publicación: marzo 30 de 2023.