LA CORTE CONSTITUCIONAL REDUJO SEMANAS DE COTIZACIÓN DE LAS MUJERES EN EL RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL CON SOLIDARIDAD (RAIS)
Según el comunicado del pasado 22 de febrero de 2024 la Corte Constitucional profirió la sentencia C- 054 de 2024 por medio de la cual declaró inexequible la expresión “y hubiesen cotizado por lo menos mil cientos cincuenta semanas (1.150)” del artículo 65 de la Ley 100 de 1993 en relación con sus efectos para las mujeres afiliadas al régimen de ahorro individual con solidaridad (RAIS). Sin embargo, difirió los efectos de la decisión hasta el 31 de diciembre de 2025, para que el Congreso de la República en coordinación con el Gobierno Nacional, en el marco de sus capacidades, tome acciones positivas que permitan contrarrestar las desventajas que las mujeres enfrentan en el entorno laboral, las cuales dificultan su capacidad para contribuir y asegurar su derecho a recibir una pensión mínima en el RAIS.
Si expirado este término el Congreso no ha adoptado las medidas correspondientes, a partir del 1 de enero de 2026, el número mínimo de semanas de cotización exigible a las mujeres para tener derecho al reconocimiento de la garantía de pensión mínima en el RAIS, previsto en el artículo 65 de la Ley 100 de 1993, disminuirá en 15 cada año hasta llegar a 1000 semanas, como se puede evidenciar a continuación:
A juicio de la Sala el principio de igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres es un pilar esencial de las sociedades democráticas y constituye un límite constitucional, por lo que, la dimensión material del principio de dicho principio exige garantizar la igualdad de oportunidades y la igualdad material de resultados de las mujeres en el acceso a las prestaciones y garantías del sistema pensional.
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