Responsabilidades laborales en el sector transporte: precisiones del Gobierno a través de la circular 20261300000087 de 2026

RESPONSABILIDADES DEL SECTOR TRANSPORTE 2026

En el marco de las crecientes discusiones sobre la formalización laboral en el sector transporte, los Ministerios de Transporte y Trabajo expidieron la Circular Externa No. 20261300000087 del 2 de marzo de 2026, mediante la cual se reiteran y precisan las responsabilidades laborales, contractuales y en materia de seguridad social de los distintos actores que participan en la prestación del servicio público de transporte.

Este pronunciamiento cobra especial relevancia si se tiene en cuenta que, históricamente, la actividad de conducción de vehículos ha estado rodeada de esquemas de vinculación diversos, en los cuales no siempre resulta claro si existe o no una relación laboral en los términos del Código Sustantivo del Trabajo.

En este contexto, la Circular parte de un principio fundamental encaminado a que siempre que en la realidad concurran los elementos del contrato de trabajo, esto es, la prestación personal del servicio, la subordinación y la remuneración, deberá entenderse que existe una relación laboral, independientemente de la forma o denominación que las partes hayan utilizado para estructurar el vínculo. De esta manera, el Gobierno reitera que no es jurídicamente viable encubrir relaciones laborales bajo figuras civiles o comerciales cuando, en la práctica, se configuran los presupuestos propios de un contrato de trabajo.

Ahora bien, uno de los aspectos más relevantes de la Circular radica en la ampliación del alcance de las responsabilidades. En efecto, el documento no se limita a las empresas de transporte como empleadores formales, sino que extiende dichas obligaciones a todos aquellos actores que, de una u otra forma, participan en la cadena de prestación del servicio y obtienen un beneficio económico de la actividad. Esto incluye, entre otros, a propietarios de vehículos, cooperativas, operadores logísticos y demás contratantes.

En ese sentido, la Circular recoge una línea jurisprudencial según la cual, cuando varios sujetos intervienen en la explotación económica de una actividad, pueden generarse responsabilidades concurrentes, especialmente en materia laboral y de seguridad social. Así, el análisis deja de ser meramente formal para centrarse en la realidad de la operación y en la efectiva participación de cada actor.

De igual forma, el Gobierno enfatiza la obligación de garantizar condiciones de trabajo dignas para las personas que desarrollan actividades de conducción, lo cual implica no solo el reconocimiento de salarios y prestaciones sociales, sino también el cumplimiento de las normas sobre jornada laboral, recargos, descansos y afiliación integral al sistema de seguridad social. A lo anterior se suma la exigencia de implementar medidas en materia de seguridad y salud en el trabajo, así como de gestión de riesgos asociados a la actividad.

En línea con lo anterior, la circular tiene también un claro enfoque preventivo. Más allá de introducir nuevas obligaciones, busca corregir prácticas que han sido recurrentes en el sector y que pueden dar lugar a contingencias legales relevantes, especialmente en escenarios de fiscalización por parte de las autoridades laborales.

Desde Scola Abogados consideramos que este pronunciamiento constituye una guía importante para las empresas del sector transporte y, en general, para todos los actores que intervienen en este tipo de operaciones. La circular refuerza la necesidad de revisar, desde una perspectiva integral, los esquemas de vinculación utilizados, con el fin de asegurar que estos se ajusten a la realidad operativa y a las exigencias normativas vigentes.

Si bien cada caso debe analizarse de manera particular, este criterio administrativo pone de presente que las autoridades están adoptando una postura cada vez más estricta frente a la informalidad laboral y a la evasión de responsabilidades en materia de seguridad social.

En este contexto, invitamos a nuestros clientes y a la comunidad empresarial a evaluar sus modelos de contratación y operación en el sector transporte, identificando posibles riesgos y adoptando medidas oportunas para mitigarlos. Desde Scola Abogados estamos a su disposición para acompañarlos en este proceso y brindarles el soporte necesario en la estructuración de esquemas jurídicamente sólidos.

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Autor: María Alejandra Lara
Contacto: mlara@scolalegal.com , info@scolalegal.com
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