Mediante la Circular 0027 de 2026 el Ministerio del Trabajo informó que el registro de la autoevaluación de estándares mínimos correspondiente al año 2025, así como su respectivo plan de mejoramiento, deberá efectuarse por todas las empresas en la aplicación habilitada en la página web del Fondo de Riesgos Laborales, a través del siguiente enlace: https://sgrl.mintrabajo.gov.co/ El plazo establecido para realizar el mencionado registro será hasta el próximo 31 de julio de 2026.
La Cartera de Trabajo recordó que, bajo los lineamientos de la Resolución 0312 de 2019, todos los años empleadores y contratantes deben realizar la autoevaluación del año inmediatamente anterior y con base en los resultados establecer un plan de mejoramiento. Así mismo, se debe remitir copia de estos documentos a su respectiva ARL para su estudio y recomendaciones. Las ARL, por su parte, deberán informar a las Direcciones Territoriales u Oficinas Especiales del Ministerio del Trabajo los casos en los cuales no se evidencie el cumplimiento de esta obligación.
Finalmente, el Ministerio resaltó que al ser el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo -SG-SST-, un sistema cíclico y basado en la mejor continua, es indispensable que los obligados ejecuten su plan anual y registren sus autoevaluaciones dentro de los plazos establecidos.
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Desde Scola Abogados los estaremos acompañando en cualquier duda que tengan respecto al cumplimiento de este requisito en materia de Seguridad y en Salud en el Trabajo.
Autor: Carlos Camargo Mejía
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