TELETRABAJO TRANSNACIONAL: ¿UNA NUEVA REALIDAD?

Con la expedición de la Ley 2466 de 2025 denominada reforma Laboral, Colombia dio un paso importante en la modernización de su marco normativo al introducir cambios sustanciales en la regulación del teletrabajo. Entre ellos, destaca la inclusión por primera vez de la figura del teletrabajo transnacional, una modalidad que responde a las dinámicas actuales de trabajo remoto y a la creciente movilidad global.

1. ¿Qué es el teletrabajo transnacional?
Se entiende como la modalidad en la cual un trabajador con contrato laboral vigente en Colombia presta sus servicios desde otro país. Aunque las labores se ejecuten físicamente en el extranjero, la relación laboral continúa rigiéndose por la legislación colombiana.

2. Responsabilidad del trabajador
El nuevo marco normativo traslada al teletrabajador la obligación de garantizar su regularidad migratoria en el país donde reside, lo que implica contar con los permisos, visas o autorizaciones exigidas por la legislación local.

3. Responsabilidad del empleador
La Reforma establece dos obligaciones centrales para las empresas:
    • Seguro internacional: contratar una póliza que cubra prestaciones asistenciales en salud por accidentes o enfermedades ocurridos en el exterior.
    • Protección social en Colombia: garantizar el reconocimiento de las prestaciones económicas a través del Sistema de Seguridad Social colombiano, de modo que el vínculo laboral preserve su cobertura en el país de origen.
En consecuencia, la inclusión del teletrabajo transnacional en la Reforma Laboral constituye un avance relevante, pues permite armonizar la normativa colombiana con las realidades del mundo del trabajo y el auge de la movilidad internacional. De ahora en adelante, las empresas deberán diseñar políticas claras y robustas en materia de teletrabajo, que no solo aseguren el cumplimiento de las nuevas disposiciones legales, sino que también fortalezcan la protección integral de los trabajadores que desarrollen sus funciones desde el extranjero.

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Autor: María Paula Bernal y María Camila Silva
Contacto: msilva@scolalegal.com , mbernal@scolalegal.com , info@scolalegal.com
Fecha de publicación: 3 de Octubre 2025.
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