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DEPORTE: ¿CÓMO SE RELACIONA CON EL DERECHO?

Cuando pensamos en la palabra “deporte”, a menudo imaginamos un equipo de fútbol o un ciclista que pedalea con todas sus fuerzas para convertirse en el líder de una vuelta. Sin embargo, hoy abordaremos el deporte desde una perspectiva diferente, comenzando con un dato histórico: ¿saben cómo se creó el deporte paralímpico?

A finales de la Segunda Guerra Mundial, en asistencia a veteranos de guerra y civiles lesionados, el Dr. Ludwig Guttmann estableció un centro pionero para el tratamiento de lesiones de la médula espinal en el Hospital Stokes Mandeville en Gran Bretaña. El 29 de julio de 1948, en coincidencia con la Ceremonia de Apertura de los Juegos Olímpicos de Londres, Guttmann organizó los primeros Stoke Mandeville Games consistentes en una competencia para atletas en sillas de ruedas. Estos juegos evolucionaron hasta convertirse en los Juegos Paralímpicos, cuya primera edición se celebró en 1960 en Roma, Italia.

Inicialmente, los Juegos Paralímpicos eran eventos de rehabilitación que, con el tiempo, se transformaron en competencias recreativas y, actualmente, son eventos de alto rendimiento, celebrándose cada cuatro años en las mismas ciudades y sedes que los Juegos Olímpicos. La última edición de estos juegos se llevó a cabo entre julio y agosto de 2024 en París, Francia y, por ende, este corresponderá al lugar de su disputa.

Ahora, relacionemos esto con el derecho colombiano. En 2009, en cumplimiento del artículo 13 de la Constitución Política de Colombia, el país aprobó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad mediante la Ley 1346 y la ratificó con la sentencia C-293 de 2010 emitida por la Corte Constitucional. Los preceptos contenidos en la Convención se convirtieron en vinculantes para nuestro ordenamiento jurídico y, por lo tanto, Colombia debe cumplir con sus disposiciones.

En cuanto al deporte, el artículo 30 de la Convención, en su inciso 5, señala que los Estados Parte deben adoptar medidas para fomentar la participación en igualdad de condiciones de las personas con discapacidad en actividades recreativo-deportivas. Estas medidas incluyen:

  • Fomentar y promover la participación de las personas con discapacidad en actividades deportivas generales a todos los niveles.
  • Asegurar a las personas con discapacidad la oportunidad de organizar y desarrollar actividades deportivas y recreativas específicas, así como participar en ellas, garantizando igualdad de condiciones en la instrucción, formación y recursos.
  • Asegurar a las personas con discapacidad un acceso a instalaciones deportivas, recreativas y turísticas.
  • Garantizar que niños y niñas con discapacidad tengan igual acceso a actividades lúdicas, recreativas y deportivas, incluidas las realizadas dentro del sistema escolar.
  • Asegurar a las personas con discapacidad un acceso a los servicios de quienes organizan actividades recreativas, turísticas, de esparcimiento y deportivas.

Es así como, por medio de diversas disposiciones, Colombia ha dado creación al Comité Paralímpico como organismo superior de coordinación del deporte asociado para personas con discapacidad, con el objetivo de que brinde asesoría al gobierno para la implementación de políticas, normas y reglamentos para el desarrollo adecuado de la actividad deportiva de estas personas.

Para estimular y reconocer los grandes logros del deporte en general (olímpico y paralímpico), el Congreso de Colombia expidió la Ley 1389 de 2010, en la cual se dispuso que “se reconocerán y otorgarán incentivos económicos a los deportistas y entrenadores medallistas en Juegos Olímpicos, Juegos Paralímpicos, Juegos Sordo Olímpicos, eventos del ciclo olímpico y paralímpico y campeonatos mundiales, con cargo al presupuesto del Instituto Colombiano del Deporte”. En el mismo sentido, la Ley 2023 de 2020 creó la tasa pro-deporte y recreación, con la cual se busca destinar recursos a estas áreas para apoyar programas de deporte, educación física y recreación para la población en general, dando inclusión a las personas con discapacidad. A partir de estas normativas, se han expedido reglamentos específicos que deberán tener en cuenta los paradeportistas y la población en general.

Los Juegos Paralímpicos empezarán este 28 de agosto de 2024 en París, en los que Colombia tendrá representación por 78 paradeportistas en disciplinas como tiro deportivo, tiro con arco, natación, atletismo y fútbol para ciegos.

Con este artículo se pretende dar a conocer otro aspecto del deporte, dando a conocer su regulación normativa y la importancia que adquiere el apoyo y visibilización a deportistas, paradeportistas y entrenadores de las diferentes disciplinas que dan todo su esfuerzo para dejar en alto la bandera de nuestro país. Desde Scola Abogados, apoyamos la participación de las personas con discapacidad en los juegos Paralímpicos, reconociendo sus derechos fundamentales de acceso al deporte, la recreación y la cultura. Hacemos un llamado a que puedan visibilizarse a las personas con discapacidad como sujetos iguales que día a día luchan por la no discriminación y por la garantía de sus derechos. Agradecemos su representación en los juegos Paralímpicos y les deseamos éxitos en cada competencia.

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Autor: María Camila López Granados
Contacto: mlopez@scolalegal.com , info@scolalegal.com
Fecha de publicación: 27 de agosto 2024.

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