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¡Ojo! que no lo sancione el Ministerio de Trabajo por olvidar hacer el registro de los estándares mínimos del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo

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Estimada Comunidad,
Recordemos que el Ministerio de Trabajo el día 23 de diciembre de 2022 mediante la circular
No. 0082, indicó que, todos los empleadores del país están en la obligación de hacer el
registro anual de la autoevaluación de estándares mínimos y planes de mejoramiento del
SG-SST. Dicho registro debe cumplir con lo siguiente:

  1. Aplicar la autoevaluación conforme a la tabla de valores y calificación de los
    estándares Mínimos del Sistema de Gestión de STT, mediante el diligenciamiento del
    formulario de evaluación establecido en el artículo 27 de la resolución No. 0312 de
    2019.
  2. Elaborar el plan de mejora conforme al resultado de la autoevaluación de los
    estándares mínimos. Este Plan de mejora deber quedar aprobado por la empresa en
    el plan anual del sistema de gestión de STT.
  3. Formular el Plan anual del Sistema de Gestión de STT, el cual debe empezar a ser
    ejecutado a partir del 1 de enero del año siguiente.

En ese orden de ideas, todas las empresas deben cumplir con este reporte desde el primer
día hábil del mes de enero hasta el último día hábil de febrero de cada año. Por lo cual, el
término para el 2023 vencía inicialmente el 28 de febrero. Sin embargo, el Ministerio de
Trabajo extendió el plazo hasta el 24 de marzo de 2023. Teniendo en cuenta lo anterior,
¿sabe usted como se hace este reporte?, si no, podrá acceder al siguiente enlace,
https://drive.google.com/drive/folders/1lZEhhxjnu67fIwWP4jItfTDscmg3k2FY en donde
podrá encontrar la ayuda visual que le explica al detalle el proceso.
Desde luego, me encuentro al tanto de cualquier duda o comentario.
Cordialmente

Descargar documento

Autor: Juan Sebastián López Jiménez.
Contacto: slopez@scolalegal.com , info@scolalegal.com
Fecha de publicación: febrero 27 de 2023.

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