El 26 de septiembre de 2024, el Ministerio de Relaciones Exteriores adicionó a la Sección 2 del capítulo del Decreto 1067 de 201, la subsección 1 para la creación del Permiso Especial de Permanencia para Representantes Legales o Custodios de niñas, niños y adolescentes (PEP-TUTOR) para migrantes venezolanos.
Este permiso busca regularizar la situación migratoria de los adultos que tienen a su cargo menores de edad con Permiso por Protección Temporal (PPT). Así mismo, busca garantizar que estos representantes legales o custodios puedan residir en Colombia de manera legal y en condiciones dignas, ejerciendo actividades laborales, profesionales y acceder a servicios básicos como salud y educación. Además, de facilitar la integración de estos en la sociedad colombiana y asegurar la protección integral de los menores a su cargo.
Podrán aplicar los migrantes venezolanos al Permiso Especial de Permanencia para Representantes Legales o Custodios de niñas, niños y adolescentes (PEP-TUTOR) que cumpla con los siguientes requisitos específicos:
- Ser el representante legal o custodio de niñas, niños y adolescentes que posean un Permiso de Protección Temporal (PPT) vigente. Para acreditar esta condición, se deberán seguir los siguientes procedimientos:
- Que al 31 de diciembre de 2023 la niña, niño o adolescente fuese titular de un Permiso de Protección Temporal (PPT) vigente.
- No tener antecedentes penales, anotaciones o sentencias ejecutoriadas en Colombia o en el exterior, ni sanciones administrativas, distintas a las infracciones administrativas de carácter migratorio.
- No tener en su contra medida de expulsión, deportación o sanción económica vigente.
- No ser titular de un Permiso por Protección Temporal (PPT), o una visa vigente en cualquier clase o categoría.
– Si los padres biológicos actúan como representantes legales, deberán presentar el acta de nacimiento venezolana debidamente apostillada.
– En caso de no ser el padre biológico, el representante legal deberá demostrar su condición mediante una sentencia ejecutoria en Colombia o un documento equivalente en el extranjero.
Este Permiso Especial de Permanencia para representantes legales o custodios de niñas, niños y adolescentes (PEP-TUTOR) tendrán una vigencia hasta el 30 de mayo de 2031 y no será prorrogable, es decir, que permitirá a los beneficiarios residir legalmente en Colombia y disfrutar de los beneficios hasta esa fecha sin posibilidad de extensión.
Sin embargo, esto no significa que, una vez vencido este permiso PEP- TUTOR, su estatus en el país se vuelva irregular. Podrán transitar del PEP-TUTOR a una visa de Residente, siempre y cuando cumplan con todos los requisitos establecidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores por acto administrativo, como la acumulación de cierto tiempo a definir de permanencia en territorio colombiano bajo el PEP-TUTOR.
Finalmente, les ponemos de presente que la expedición de este permiso estará a cargo de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia quien definirá mediante acto administrativo los demás mecanismos y condiciones específicas para su desarrollo e implementación. De igual manera, las personas naturales o jurídicas que contraten o admitan a un titular de este permiso conservan la obligación de reportar esta información a través de la plataforma SIRE de Migración Colombia.
Autor: Laura Pérez y Andreina Vargas
Contacto: lperez@scolalegal.com , avargas@scolalegal.com , info@scolalegal.com
Fecha de publicación: 17 de Octubre 2024.