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CORTE CONSTITUCIONAL REDUCE SEMANAS DE COTIZACIÓN DE LAS MUJERES EN EL RÉGIMEN DE PRIMA MEDIA

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Hace pocos días se conoció el texto completo de la sentencia C-197 de 2023 por medio de la cual la Corte Constitucional declaró la INEXEQUIBILIDAD del inciso 2° del numeral 2° del artículo 9° de la Ley 797 de 2003, que modificó el inciso 2° del numeral 2° del artículo 33 de la Ley 100 de 1993 y el apartado final del inciso 5° del artículo 10 de la Ley 797 de 2003, que modificó el artículo 34 de la Ley 100 de 1993, en el cual se establecía que las mujeres debían tener 1300 semanas de cotización para acceder a la pensión de vejez al igual que los hombres en el régimen de prima media.

Lo anterior, pues la norma generaba un trato idéntico entre hombres y mujeres, a pesar de que cada grupo enfrenta condiciones distintas en el ámbito laboral y de la seguridad social, pues a juicio de la Corte, para que las mujeres puedan acceder a la pensión de vejez en condiciones dignas y equitativas deben acreditar la misma densidad de cotizaciones que los hombres en un periodo inferior.

Dicha decisión fue diferida hasta el próximo 31 de diciembre de 2025, para que el Congreso de la Republica en coordinación con el Gobierno Nacional, definan un régimen que garantice en condiciones de equidad el acceso efectivo al derecho a la pensión de vejez para las mujeres. Por lo que, si para dicha fecha no se ha adoptado ningún régimen el número de semanas mínimas de cotización que se exija a las mujeres para obtener la pensión de vejez en el régimen de prima media se disminuirá en 50 semanas por el 2026 y a partir del 1 de enero de 2027, se disminuirá en 25 semanas cada año, hasta llegar a 1000 semanas. Veamos:

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Autor: María Camila Silva

Contacto: msilva@scolalegal.com , info@scolalegal.com

Fecha de publicación: 14 de marzo 2024.
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