Estimado Lector ¿Usted ya reviso en qué estado están sus acciones persuasivas del PAEF? Sino lo ha hecho lo invitamos a que haga con su equipo de trabajo o de requerir nuestra asistencia no dude en contactarnos, ¿Por qué?, veamos:
- La resolución No. 1145 de 2021 expedida por la UGPP indicó que las empresas que no cumplieron los requisitos legales para la postulación y que restituyeran de manera voluntaria y unilateralmente los recursos dentro del término máximo de quince (15) meses contados a partir de la finalización del respectivo programa sin que hayan sido objeto de acción persuasiva y hasta antes del inicio del proceso de fiscalización, no estarán obligados a liquidar ni pagar intereses moratorios o sanción. En ese orden de ideas, el término mencionado anteriormente se cumple hoy 3 de febrero de 2023.
¿Qué pasa si no cumplió con los requisitos de postulación y no hace devolución de los aportes de forma voluntaria?
Desde luego, estamos al tanto de cualquier duda o comentario.
Autor: Juan Sebastián López Jiménez.
Contacto: slopez@scolalegal.com , info@scolalegal.com
Fecha de publicación: enero 03 de 2023.